LIBERTAD RELIGIOSA: El Defensor del Pueblo da la razón a FEREDE

El Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata, Cáceres, aprobó en un pleno en 2016 investir a la Virgen de las Angustias “Alcaldesa perpetua”, lo que provocó la denuncia de FEREDE por considerar que la decisión vulnera la aconfesionalidad del Estado.

(Redacción, 19/10/2018) El Defensor del Pueblo se ha comprometido por escrito con la Federación de Entidades Religiosas Evangélicas de España (FEREDE), a estudiar “la posibilidad de incluir en su Informe anual el asunto de referencia”, siendo el asunto de referencia la denuncia de esta Federación evangélica por la investidura de la Virgen de las Angustias como “Alcaldesa perpetua” de Navalmoral de la Mata (Cáceres).

“Se acusa recibo de su escrito que ha quedado incorporado a la queja registrada (…).”, dice el texto firmado por el Defensor del Pueblo, el cacereño Francisco Fernández Marugán. “Una vez examinado su contenido, se ha tomado, en relación al Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata (Cáceres) … dar “por FINALIZADA la actuación. Habida cuenta de la diferencia de criterio entre ese Departamento y esta institución*, de conformidad con lo previsto en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Defensor del Pueblo, se estudiará la posibilidad de incluir en su Informe anual el asunto de referencia.”.

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La carta del Defensor del Pueblo dirigida a FEREDE, informando su decisión.

SE DA LA RAZÓN A FEREDE

¿Qué significa esto? Significa que el Defensor del Pueblo manifiesta su acuerdo con FEREDE, censurando la decisión del Ayuntamiento de Navalmoral de la Mata que, en un Pleno del Ayuntamiento celebrado el 14 de agosto de 2016, acordó la modificación del Reglamento de Distinciones Honoríficas para crear la figura de “alcaldesa perpetua” y otorgársela a su patrona, la Virgen de las Angustias.

El hecho causó una gran polémica en muchos sectores de la sociedad y la protesta formal de los evangélicos, representados por el Consejo Evangélico de Extremadura y la FEREDE, al entenderla como una clara vulneración del principio de aconfesionalidad del Estado.

SONROJO SOCIALISTA

Se da la paradoja, además, de que esta anomalía se produce en un Ayuntamiento gobernado por el Partido Socialista Obrero Español (PSOE), siendo su alcaldesa Raquel Medina secretaria general del PSOE regional y principal valedora de este anacrónico nombramiento. Situación que ha causado no poco sonrojo en ciertos sectores del socialismo español por razones obvias. Sin ir más lejos, el eurodiputado Ramón Jáuregui llegó a decir, al referirse a este caso, que hechos de este tipo demuestran que “aún hay que hacer mucha pedagogía dentro del partido sobre el tema de la laicidad de las instituciones públicas”.

Se da también la circunstancia de que el Defensor del Pueblo, Fernández Marugán, no solo es socialista sino, además, natural de Cáceres.

No obstante, ninguna de estas circunstancias juntas son necesarias para juzgar una medida tan anticonstitucional y contraria a la preceptiva neutralidad religiosa del Estado, que cualquier demócrata que no esté ciego por el peso de la tradición puede ver y tiene la obligación de defender.

“Después de mucho tiempo y de intentos fallidos del Defensor del Pueblo por contactar con el Ayuntamiento, que no respondía, por fin se llegaron a reunir con ellos”, nos explican desde el Servicio Jurídico de FEREDE. “Luego hicimos alegaciones y ahora, finalmente, el Defensor del Pueblo nos dice que tenemos razón, que no está de acuerdo con el Ayuntamiento y que, por ello, va a valorar la posibilidad de incluir este caso es su informe anual”.

¿QUÉ CABE ESPERAR?

El Defensor del Pueblo es una institución sin competencias ejecutivas, por tanto su fuerza es más bien persuasiva y política debido a sus informes a las Cortes Generales, los cuales no tienen carácter vinculante, sino meramente informativo y de recomendación. No obstante, según esta institución, las administraciones aceptan más del 82 % de las resoluciones del Defensor.

* “Esta institución”. Se refiere al Defensor del Pueblo.

Fuente: FEREDE / Redacción: Actualidad Evangélica

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